Creditos Tasa Cero para Monostributistas: Paso a Paso como solicitarlo
Ya están disponibles en AFIP los créditos a tasa cero para monotributistas que vieron afectada su actividad durante la cuarentena, te mostramos un tutorial paso a paso para completar el formulario y recibir el dinero en tu tarjeta.
Creditos Tasa Cero
Los que quieran acceder y estén dentro de los parámetros podrán ingresar a través de la página oficial de la AFIP, clickear en Créditos Tasa Cero, y completar los requerimientos para acceder, siempre con clave fiscal.
Paso a Paso como solicitar el Crédito a Tasa 0%
PASO 1: Ingresar en la Web de Afip con CUIT y clave fiscal nivel 2
PASO 2: Si cumples los requisitos verán el cartel de «Creditos a Tasa Cero» en caso de ser posible receptores del mismo (Al darle click se abrirá una nueva ventana donde comenzaran a completar los formularios.)
PASO 3: En el primer paso del proceso les pide que ingreses el monto del crédito a solicitar, este dependerá de la categoría del crédito, hasta $150.000 pesos.
PASO 4: El segundo paso es para cargar el correo electrónico e indicar si tienen o no tarjeta de crédito, un cuyo caso te habilita un campo extra para introducir los 16 digitos y el banco emisor.
PASO 5: El tercer paso es simplemente de confirmación de datos y aceptación de las reglas que ya conocemos.
En caso de no tener un tarjeta de crédito, el Banco Central (BCRA) ordenó a las entidades financieras que le garanticen una estos clientes sin ningún costo, de modo que pueda utilizar el crédito que le fue asignado.
El monto máximo del Crédito a Tasa Cero es de 150 mil pesos y los fondos se acreditarán en la tarjeta de crédito en tres desembolsos sucesivos e idénticos. La devolución tendrá un período de gracia de 6 meses y será como mínimo en 12 cuotas fijas sin interés y como máximo en 18 cuotas, también fijas y sin interés.
Motivos por los que fui rechazado del credito
- No podrán acceder al beneficio los monotributistas que facturen al sector público, trabajen en relación de dependencia, sean jubilados o pensionados o hayan hecho compras mayores al 80% de sus ingresos promedio mensual.
- Tampoco los que hayan facturado entre el 12 de marzo y el 12 de abril una cifra mayor al promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que estén registrados.
- En el caso de los autónomos, no podrán solicitarlo si están inscriptos en el régimen de monotributo o si son integrantes de directorio de sociedades comerciales.
Por último, quienes accedan al crédito deberán usar el dinero de forma electrónica, es decir, no podrán retirarlo en efectivo ni tampoco comprar dólares o realizar operaciones en el mercado bursatil.