No voté: Qué debo hacer?

Luego de pasada la jornada de votaciones, siempre hay ciudadanos que por una u otra razón no pudieron ejercer su voto ante las urnas, y quieren saber ¿Qué se debe hacer ante esa situación?

No voté en las elecciones

Justifique su inasistencia el día de las elecciones

Lo cierto es que dependiendo de la razón (Siempre y cuando sea aceptable) por la cual no pudo asistir ante las urnas, se puede llegar hacia una solución.

Por lo que a continuación se expondrán todas las razones aceptables por la que no se pudo efectuar el voto el día de las votaciones.

No me estaba en el padrón electoral

Si no figurabas dentro del padrón electoral, debes efectuar tu reclamo ante la Justicia Electoral, para que seas incluido dentro del padrón de cara a las próximas elecciones.

Me robaron o perdí el DNI

Perder o extraviar el DNI es uno de los casos más recurrentes a la hora de votar, por lo que se debe justificar presentando una denuncia realizada en la policía ante la secretaría electoral de tu distrito, con el fin de justificar su inasistencia el día de voto.

Falta por enfermedad

Con este caso, pasa algo parecido al caso anterior, se debe hacer presente ante la secretaría electoral de tu distrito con un certificado médico que avale la enfermedad que te imposibilitó asistir al día de votación.

Me encontraba a más de 500 km de mi ciudad

Si se encuentra demasiado lejos de su lugar de residencia (Más de 500 km), se debe presentar el mismo día de votación ante la autoridad policial más cercana, con el fin que se le certifique el hecho que se encontraba alejado de su lugar de votación.

Y deberá presentar dicho certificado ante la secretaría electoral de su distrito dentro del plazo de 60 días.

No me encontraba en el país

Casi lo mismo que en el caso anterior, se debe presentar en esta ocasión al consulado Argentino más cercano, con el fin que se le certifique que se encontraba en otro país.
Si no logro realizar este paso, se debe acercar una vez en Argentina ante la secretaría electoral de su distrito, con todos los elementos y certificados que comprueben que no te encontrabas en el país, con un lapso de 60 días.